miércoles, 20 de marzo de 2013

ASONADIGAS SALUDA DECISION TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO


Mediante esta disposición se rechaza la solicitud de medidas cautelar contra el reglamento Metrológico de Gas Licuado de Petróleo interpuesta por FUNDECOM

Santo Domingo, Marzo 2013.-  La Asociación Nacional de Distribuidores de Gas Licuado de Petróleo, Inc. (ASONADIGAS), saluda la decisión del Tribunal Superior Administrativo, mediante sentencia  015/2013,  en la cual rechaza la solicitud de medidas cautelares contra el Reglamento Metrológico de Gas Licuado de Petróleo, interpuesto por la Fundación por los Derechos del Consumidor (FUNDECOM) y Pro Consumidor, frente al Ministerio de Industria y Comercio y la Dirección de Normas y Sistemas de Calidad (DIGENOR).
El Director Ejecutivo  de ASONADIGAS, Licenciado Guillermo Cochón, dijo que la entidad que dirige está conforme con la sentencia dictada por la jueza Judith Contreras Esmurdoc, el pasado 31 de Enero, "porque, sin reglamento en el sector del GLP, estábamos en un sistema que no teníamos una veracidad de cómo se realizaban las verificaciones y de que éstas se hicieran correctamente".
"Lo que sucedió fue que esas entidades impugnaron el reglamento metrológico del Gas Licuado de Petróleo, estructurado luego de dos años de reuniones, en las que participaron instituciones como el Ministerio de Industria y Comercio a través de la Dirección de Hidrocarburos, Pro Consumidor, La Refinería Dominicana de Petróleo, Coastal Dominicana, La Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD); Fundecom, la Asociación de Distribuidores de Gas Licuado de Petróleo, Onamet", explicó Cochón, al momento de enfatizar que la medida viene a beneficiar al consumidor, debido a que a partir del reglamento, este último está pagando exactamente por el producto que recibe.
Con el rechazo de ésta medida cautelar, el reglamento se queda igual, y el expendio de GLP se sigue midiendo por peso y volumen, dependiendo del producto que traiga el importador, siempre en beneficio del consumidor dominicano.

Por: Michelle Mieses Santos

No hay comentarios:

Publicar un comentario